Algo que le preocupa a cualquier jefe de estado es observar que durante su mandato o gestión gubernamental existan personas en condiciones de vulnerabilidad, ¿Esto qué significa?, pues este tipo de circunstancia engloba a individuos o familias que estén en situación de calle, con problemas económicos, faltas de oportunidades académicas y laborales.
Siguiendo la idea anterior, se puede decir que a raíz de estos problemas es el motivo del nacimiento o creación de iniciativas, programas o subsidios de interés social dadas por el Gobierno Nacional a fines de ayudar a los más necesitados, especialmente para la adquisición de una vivienda digna, un ejemplo de ello es el Subsidio Familiar de Vivienda.
El mismo es un aporte monetario o en especie el cual se le otorga en una sola oportunidad al beneficiario, sin que este tenga que ser restituido; este subsidio constituye un complemento de su ahorro el cual le facilitará a la persona la adquisición o construcción para así darle una solución habitacional o el mejoramiento de la misma si ya posee su propio hogar.
Es fundamental decir que para aquellos empleados o trabajadores independientes también hay disponibilidad de estas ayudas, pues existen los subsidios de las Cajas de Compensación Familiar y para ser beneficiario de él es necesario que la persona interesada esté afiliada a través de la empresa con la cual trabaja a una de las cajas o ayudas sociales.
Tipos de cajas de compensación:
Cajas de Compensación Familiar (Medellín): Comfama, Comfenalco, Camacol y muchas más.
Cajas de Compensación Familiar (Bogotá): Colsubsidio, Cafam, Comfacundi y Compensar.
En tal caso de que seas un trabajador independiente, existe un subisidio que es otorgado por el gobierno.
Algunos de los requisitos para obtener el subsidio:
Tener convivencia en el hogar mínimo de los personas.
Los ingresos totales mensuales del hogar deben ser iguales o inferiores a 4 salarios mínimos legales vigentes.
Ninguno de los miembros de la familia puede ser propietario de vivienda, a menos que el subsidio que se ha solicitado sea para mejorar la vivienda o para la construcción en terreno propio.
Ningún miembro debe ser beneficiario de algún subsidio familiar de vivienda o de un crédito del Instituto de Crédito Territorial.